¿QUE ES LA PROSOC?

La procuraduría social de la ciudad de México PROSOC es la dependencia encargada de promover los derechos sociales, proporcionar asesoría y orientación a los ciudadanos en materia administrativa, jurídica, social, inmobiliaria y condominal, con el fin de que todos los habitantes de la Ciudad de México cuenten con información específica para hacer valer sus derechos ante las instancias públicas o privadas que según corresponda.

En específico en materia condominal la PROSOC en la ciudad de México cuenta con la subprocuraduría de derechos y obligaciones de propiedad en condominio que es la encargada de establecer las medidas necesarias a fin de asegurar una instancia accesible a los particulares y consolidar el cumplimiento a la Ley de Propiedad en Condominio de inmuebles para el Distrito Federal.

Asimismo, le compete realizar la función de amigable de composición en materia de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda en régimen de propiedad en condominio a fin de legitimar los derechos y obligaciones de los condóminos y sus relacionados en materia condominal.

PROSOC
PROSOC

¿PROSOC QUE ES?

Por sus siglas la PROSOC es la procuraduría social y esta dependencia en la ciudad de México es la encargada de promover y orientar a los ciudadanos en materia administrativa, jurídica, social, inmobiliaria y condominal.

En este blog trataremos el tema de la Procuraduría social PROSOC en materia condominal y específicamente en la Ciudad de México

¿QUE HACE LA PROSOC?

En materia condominal, la PROSOC por medio de la Subprocuraduria de Derechos y Obligaciones de Propiedad en condominio, es la dependencia encargada de establecer medidas necesarias para consolidar el cumplimiento a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

También tiene la función de legitimar los derechos y obligaciones de los condóminos en la Ciudad de México en materia de arrendamiento de inmuebles destinados  a vivienda en régimen de propiedad en condominio.

¿CUALES SON LAS FUNCIONES DE LA PROSOC?

  • Constitución del régimen de propiedad en condominio.
  • Orientación ciudadana.
  • Acreditación de convocatoria de asamblea general de condóminos ordinaria y extraordinaria.
  • Asesoría en asambleas generales de condóminos.
  • Registro de administrador de condominio.
  • Autorización de libro de actas de asambleas.
  • Queja condominal.
  • Procedimiento conciliatorio en materia condominal.
  • Procedimiento arbitral en materia condominal.
  • Amigable composición en materia de arrendamiento.
  • Procedimiento administrativo de aplicación de sanciones (PAAS).
  • Certificación de administradores profesionales.

PROSOC CURSOS PARA ADMINISTRADORES

La PROSOC a través de la Subprocuraduría de Derechos y Obligaciones de Propiedad en Condominio, capacita a personas y certifica a personas físicas o morales.

El curso de certificación para administradores de condominio se imparte en tres días con una duración de 4 horas por día. Posterior a la capacitación se evalúa por medio de un examen escrito los conocimientos adquiridos en el curso.

En caso de aprobar la evaluación se proporciona la certificación por medio de un folio con registro ante la procuraduría social como administrador. Esta certificación habilita al interesado únicamente para administrar el condominio donde es condómino.

En caso de estar interesado en certificarse como administrador externo es necesario presentar un examen más complejo con costo, el cual en caso de aprobarlo contara con la certificación de administrador profesional externo.

PROSOC CONDOMINIOS

En la ciudad de México es necesario que los condominios sean registrados ante la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC.

También la administración en turno deberá comprobar que cuenta con la certificación expedida por la procuraduría social del Distrito Federal.

Así mismo todo servicio de administración de condominios profesional, es necesario que compruebe su registro de certificación por la procuraduría social del distrito federal.

PROSOC CONTACTO

La Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC se ubica en la calle de Jalapa 15 en la

Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc C.P. 06700, Ciudad de México

El Teléfono 51285200 con un horario de atención de lunes a viernes 09:00 a 18:00

¿DONDE ESTA LA PROSOC?

Como ya lo comentamos la PROSOC se ubica en la Colonia Roma Norte en la Calle de Jalapa 15.

Adicional a las oficinas centrales de la PROSOC existen oficinas secundarias según la delegación que te corresponda:

PROSOC Cuautémoc y Benito Juárez

Dirección: Ignacio l. Vallarta No. 13-6° Piso, Col. Tabacalera.

Horario: 9:00 a 18:00 hrs.

Tels.: 5592 74 18, 5705 48 82

Responsable de la Oficina: C. René Raúl Santiago Ortiz

Email: renesantiago@df.gob.mx

Delegaciones que atiende:

Cuautémoc y Benito Juárez

PROSOC Álvaro Obregón, Cuajimalpa, Magdalena Contreras y Miguel Hidalgo.

Dirección: Av. Centenario 1020, Esquina José Gálvez Maya, Col. La Martinica

Horario: 9:00 a 18:00 hrs.

Tel.: 5423 06 38

Responsable de la Oficina: C. José Luis Martínez Hernández

Email: jlamartinez@df.gob.mx

Delegaciones que atiende:

Álvaro Obregón, Cuajimalpa, Magdalena Contreras y Miguel Hidalgo.

PROSOC Tlapan y Xochimilco

Dirección: Calz. Tlalpan 1839

Col. Churubusco

Horario: 9:00 a 18:00 hrs.

Tels.: 5689 – 4922, 5689 – 4932

Responsable de la Oficina: Mtra. María Magnolia Ortiz Zamora

Email: mmortiz@df.gob.mx

Delegaciones que atiende:

Tlapan y Xochimilco

PROSOC Gustavo A. Madero y Azcapotzalco.

Dirección: Oriente 95 Esq. Norte 48-A Col. La Joyita

Horario: 9:00 a 18:00 hrs.

Tel.: 55379321

Responsable de la Oficina: C. Andrés Adrián Arévalo Iglesias

Email: arevaloiglesias@df.gob.mx

Delegaciones que atiende:

Gustavo A. Madero y Azcapotzalco.

PROSOC Iztacalco y Venustiano Carranza

Dirección: Av. Río Churubusco y

Av. Té, Edificio «B», Col. Ramos Millán

Horario: 9:00 a 19:00 hrs.

Tel. 5648 – 5473, 5803 – 6131

Responsable de la Oficina: C. Daniel Ramírez Pérez

Email: danielramirez@df.gob.mx

Delegaciones que atiende:

Iztacalco y Venustiano Carranza

PROSOC Iztapalapa, Tláhuac y Milpa Alta

Dirección: Eje 5, Av. Leyes de Reforma Mz. 112, Lote 1178-A,Esq. 11 de Enero de 1861, Col. Leyes de Reforma

Horario: 9:00 a 18:00 hrs.

Tels.:5600 – 3503, 5600 – 3350

Responsable de la Oficina Delegacional Iztapalapa: Lic. Erik Xicoténcatl Cortés Gaitán

Email: cortes_gaitan@df.gob.mx

Delegaciones que atiende:

Iztapalapa

Responsable de la Oficina Delegacional Tláhuac: Lic. Ricardo César Oliva Oropeza

Delegaciones que atiende:

Tláhuac y Milpa Alta.

PROSOC REGALMENTO CONDOMINAL

El reglamento interno del condominio, normalmente es elaborado por la desarrolladora del inmueble, este reglamento deberá estar registrado ante la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC.

En caso de requerir modificaciones al reglamento del condominio, es posible hacerlas con un mínimo del 75% de la representación del condominio. Estas modificación deberán registrase en la PROSOC.

PROSOC QUEJA CONDOMINAL

Es el medio por el cual, un condómino, poseedor, Administrador, o Comité de Vigilancia, solicita la intervención de la Procuraduría Social, en virtud de la existencia de violaciones a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, por parte de otro habitante o de la administración del condominio que habita o administra.

Motivos principales por el que se promueve una queja condominal en la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC:

Morosidad. (Adeudos de cuotas ordinarias y/o extraordinarias)

Contra el Administrador y/o Comité de Vigilancia. (Irregularidades de la administración y/o Comité de Vigilancia, incumplimiento de sus obligaciones, abuso de sus funciones)

Afectación a la paz y a la tranquilidad. (Ruidos, fiestas, vecinos conflictivos).

Invasión de Áreas Comunes. (Invasión con objetos muebles o construcciones en áreas comunes).

Filtración. (Humedad en el departamento).

Mascotas. (Ruidos, afectación a la salud, o a la integridad física por la tenencia de mascotas)

Estacionamiento. (Por ocupar un cajón ajeno al que le corresponde según la Escritura Constitutiva y la Escritura Individual)

PROCURADURIA SOCIAL DEL DF PROSOC
PROCURADURIA SOCIAL DEL DF PROSOC

¿Qué debe contener el escrito de queja condominal en la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC?

1) El escrito deberá ser dirigido al titular de la Oficina Desconcentrada que corresponda, según la Delegación Política donde se ubique el condominio (revisar directorio).

2) Nombre y domicilio de la parte quejosa (quien la promueve),

3) Nombre y domicilio de la parte requerida (la persona afectante),

4) Narrativa de la problemática y/o de las violaciones causadas a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

5) Firma del quejoso.

Asimismo, el quejoso deberá acreditar su personalidad con los siguientes documentos en copia simple (excepto el inciso b del poseedor):

1) Condómino:

  1. a) Escritura pública de la unidad de propiedad privativa o contrato que de cumplirse en sus términos, otorgue el carácter de propietario de la unidad condominal;
  2. b) Documento de adjudicación a favor del condómino;
  3. c) Boleta predial a nombre del condómino; o
  4. d) Boleta de agua a nombre del condómino.

2) Poseedor:

  1. a) Contrato o convenio celebrado con el condómino; o
  2. b) Documento firmado por dos testigos condóminos pertenecientes al mismo edificio en que habita, donde manifiesten bajo protesta de decir verdad la calidad de poseedor.

3) Administrador:

Constancia vigente de Registro de Administrador, expedido por la Oficina Desconcentrada y que corresponda al condominio sobre el que verse la queja.

4) Comité de Vigilancia:

Acta de Asamblea General, donde hayan sido designados con ese carácter, y que se encuentre vigente su designación.

¿Dónde y cómo se presenta la queja?

Deberá presentarse en la Oficina Desconcentrada que corresponda conforme a la Delegación Política donde se ubique el condominio, el original (para expediente), una copia para acuse, y una copia simple más por cada requerido, es decir, si es un solo requerido se presenta por triplicado y así sucesivamente.

PROSOC ADMINISTRADORES CERTIFICADOS

Es obligatorio en el Distrito Federal que las administraciones de condóminos cuenten con el registro de certificación ante la Procuraduría Social del Distrito Federal PROSOC.

La certificación tendrá una vigencia de un año.

NUESTRA EMPRESA CUENTA CON SERVICIOS PROFESIONALES DE ADMINISTRACIÓN CONDOMINAL

PROSOC ADMINISTRACIÓN CONDOMINAL 

Profesionales de servicios operativos a condominios S.A. de C.V. cuenta con administradores certificados ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México PROSOC. Nuestros contratos están debidamente registrados ante PROFECO y nuestra administración cumple con la normatividad solicitada por la PROSOC en la Ciudad de México, una vez establecido nuestro servicio de administración condominal, proporcionamos una fianza que es establecida de común acuerdo con la asamblea general.

PROSOC MOROSOS

Para condóminos en el Distrito Federal los pagos de las cuotas de mantenimiento no son opcionales o voluntarias.

Los pagos de estas cuotas son de carácter obligatorio y de beneficio para ellos mismos.  Esto lo establece la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el D.F.

“Capítulo II, de las cuotas y obligaciones comunes. Artículo 55.- Cada condómino y poseedores del condominio, en su caso, están obligados a cubrir puntualmente las cuotas que para tal efecto establezca la Asamblea General”.

La ley dice que si un vecino no paga las cuotas “se aplicará multa de 10 a 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal”.

Las cuotas, tanto de mantenimiento como las que son extraordinarias, permiten conservar en buen estado las áreas comunes del edificio y mantener, incluso aumentar, su plusvalía.

Sin embargo, es frecuente que, a pesar de que es una obligación, algunos vecinos deciden dejar de pagar la cuota de mantenimiento durante meses e incluso años.

¿Qué hacer en caso de morosidad para le pago de cuotas de mantenimiento del condominio?

La primera vía para solucionar un problema de morosidad debe ser el diálogo. Acordar con el vecino deudor una propuesta razonable y favorable para ambas partes puede evitar un largo proceso de quejas y conciliaciones ante la Procuraduría Social del DF.

Pero la buena voluntad muchas veces no existe o no es suficiente para lograr acuerdos de pago y saldar el adeudo de mantenimiento.

Éstas son las tres vías que le siguen a una queja por morosidad ante la Procuraduría Social del DF:

  1. Vía Conciliación
  2. Vía Arbitraje
  3. Vía Procedimiento Administrativo de Aplicación de Sanciones

¿Qué hacer si agotando las tres vías el vecino deudor aún se niega a pagar?

La opción disponible en ese momento para la recuperación del dinero por concepto de adeudos es una demanda civil. No pagar la cuota de mantenimiento está fuera de la ley.

Cuando inicié la administración de un condominio con 25 departamentos, 18 de ellos tenían adeudos de cuotas de mantenimiento. Se lograron diez acuerdos de pago voluntarios, siete acuerdos de pago por la vía de conciliación ante la Procuraduría Social y un acuerdo de pago por la vía de arbitraje.

A ninguno se le concedió una disminución de su adeudo a cambio del pago, todos pagaron el 100% de su deuda.

PROSOC ASESORIA

Profesionales de Servicios operativos a Condominios PROSOC S.A. de C.V te ofrece el servicio de asesoría jurídica condominal, adicional a este servicio podemos ofrecerte soluciones para la operación de tu condominio. Somos especialistas en mantenimiento preventivo y correctivo.

Contamos con asesoría contable condominal y si te interesa un servicio completo, nuestra especialidad es la Administración de condominios en la Ciudad de México.

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